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Por qué el debate sobre el plazo de tenencia del bitcoin también debería interesar a los propietarios de oro
Muchos propietarios de oro siguen el debate sobre el tratamiento fiscal del bitcoin con cierta distancia.
Al fin y al cabo, se trata de criptomonedas, no de oro.
¿O quizá sí?
De hecho, el debate actual toca una cuestión mucho más fundamental:
¿Por qué las ganancias con el bitcoin están exentas de impuestos al cabo de un año, y por qué ocurre lo mismo con el oro?
Quien responda a esta pregunta se dará cuenta enseguida de que una tributación especial del bitcoin podría tener consecuencias mucho más amplias de lo que se pensaba en un principio.
El bitcoin y el oro tienen el mismo régimen fiscal
El tratamiento fiscal del bitcoin no es un privilegio exclusivo de las criptomonedas.
Hoy en día, el bitcoin se trata según los mismos principios que el oro, la plata, las obras de arte o las divisas extranjeras.
Ya hemos explicado con detalle en nuestro artículo por qué es así y qué propuestas políticas actuales se están debatiendo:
👉 Planes fiscales actuales para el bitcoin y las criptomonedas
Lo importante es:
Hoy en día, el bitcoin y el oro están en la misma categoría fiscal.
Por eso, quien quiera cambiar las reglas del bitcoin tiene que explicar por qué ese cambio no debería aplicarse también al oro.
El máximo tribunal fiscal alemán lo ha confirmado
A veces da la impresión de que el tratamiento actual del bitcoin es una excepción política o una laguna legal involuntaria.
Es todo lo contrario.
El Tribunal Federal de Hacienda, el máximo tribunal fiscal alemán, confirmó expresamente en 2023 que, a efectos fiscales, el bitcoin debe considerarse «otro bien económico».
Con ello, el Tribunal Supremo ha confirmado la práctica seguida hasta ahora.
Así que el bitcoin no es ni un terreno desconocido en materia fiscal ni un caso especial involuntario.
La situación jurídica se conoce desde hace años y ha sido confirmada por los tribunales.
¿Por qué no se trata al bitcoin como a las acciones?
Un argumento en contra muy común es:
«Las ganancias de las acciones también se gravan. ¿Por qué no el bitcoin?»
A primera vista, la comparación parece plausible.
Sin embargo, a efectos fiscales, se trata de formas de inversión diferentes.
Las acciones representan participaciones en una empresa.
Pueden generar ingresos recurrentes:
- Dividendos
- Repartos
- Ingresos por participaciones
Por eso se incluyen en el régimen del impuesto sobre las ganancias de capital.
El bitcoin funciona de otra manera.
En cuanto a su estructura, el bitcoin se parece mucho más al oro que a una acción.
Se trata de un activo que no genera ingresos corrientes.
Precisamente por eso, el bitcoin se ha clasificado, a efectos fiscales, en la misma categoría que el oro y otros activos que no generan rendimientos.
Si quieres gravar el bitcoin, también tienes que dar explicaciones sobre el oro
Es precisamente aquí donde empieza el verdadero debate político.
Si el legislador eliminara el plazo de retención solo para el bitcoin, se daría una nueva situación:
- Las ganancias con bitcoins estarían sujetas a impuestos de forma permanente.
- Las ganancias por la venta de oro seguían estando exentas de impuestos al cabo de un año.
De este modo, se trataría de forma diferente a dos activos comparables.
La pregunta clave es entonces:
¿Por qué el oro debería seguir estando exento de impuestos y el bitcoin no?
De momento no se ve ninguna respuesta convincente a eso.
El peligro de un impuesto sobre el oro
Por eso, el debate no se limita solo al bitcoin.
Quien defienda que las plusvalías a largo plazo del bitcoin deberían gravarse por principio, está cuestionando indirectamente también la exención fiscal de que goza actualmente el oro.
El legislador tendría entonces, en principio, dos opciones:
Opción 1: un impuesto especial solo para el bitcoin
El bitcoin pasaría a estar sujeto a impuestos de forma permanente.
El oro seguiría estando exento de impuestos.
Esto daría lugar a un trato desigual de activos comparables y habría que justificarlo jurídicamente.
Opción 2: Tributación uniforme de todos los activos
Entonces, lógicamente, también habría que revalorizar el oro, la plata, las obras de arte, los objetos de colección y las divisas extranjeras.
La consecuencia sería un debate sobre política fiscal mucho más amplio.
Entonces ya no se trataría solo del bitcoin.
Se trataría de la futura fiscalidad de la acumulación de patrimonio privado en general.
El principio de igualdad de trato tiene un papel importante
El artículo 3 de la Constitución obliga al Estado a tratar de forma igual, en principio, los casos comparables.
Claro que el legislador puede establecer normas diferentes.
Pero para eso necesita una razón objetiva.
Cuanto más se parezcan dos activos, más hay que justificar por qué deben recibir un trato fiscal diferente.
Por eso, muchos expertos en derecho fiscal señalan que una supresión aislada del plazo de tenencia solo para las criptomonedas tendría que estar bien justificada, tanto desde el punto de vista jurídico como político.
El precedente no se da con el oro
Desde el punto de vista político, el bitcoin es, sin duda, el blanco más fácil.
El oro tiene una larga tradición en Alemania como medio de conservación del valor.
Millones de ciudadanos tienen monedas de oro o metales preciosos.
El bitcoin, en cambio, es más joven, está menos consolidado y es más vulnerable a los ataques políticos.
Por eso, es muy posible que se introduzca primero un nuevo impuesto sobre el bitcoin.
Pero ahí es precisamente donde está el verdadero sentido del debate actual.
Si el legislador logra justificar por qué el bitcoin, a pesar de tener características similares, puede recibir un trato diferente al del oro, se creará un precedente.
Y los precedentes rara vez se limitan a una sola clase de activos.
¿Hoy el bitcoin, mañana el oro?
Claro que, por ahora, nadie pide específicamente que se elimine el plazo de retención del oro.
Pero la pregunta clave es:
¿Qué argumentos quedarán cuando se elimine la exención fiscal del bitcoin?
Muchos de los argumentos que se esgrimen actualmente se pueden aplicar, prácticamente sin cambios, al oro:
- grandes revalorizaciones
- posibles ingresos fiscales
- Igualdad de trato con otras inversiones
- «Cerrar las lagunas fiscales»
Quien grave el bitcoin de forma permanente, aunque el oro siga estando exento de impuestos, tendrá que justificar esta desigualdad de trato de forma permanente.
Quien no pueda dar esa explicación, acabará inevitablemente en un debate más amplio sobre la tributación de todos los activos privados.
La verdadera pregunta es: ¿cómo se debería gravar el ahorro privado?
Por eso, al fin y al cabo, el plazo de retención no tiene que ver con el bitcoin.
Se trata de una decisión fundamental en materia de política fiscal.
¿Debería el Estado eximir de impuestos las plusvalías a largo plazo de los activos no rentables tras un cierto periodo de tenencia?
¿O es que cada aumento de valor va a estar sujeto a impuestos de forma permanente?
Esta pregunta se refiere a:
- Bitcoin
- Oro
- Plata
- Metales preciosos
- Obras de arte
- Artículos de colección
- Monedas extranjeras
El bitcoin es simplemente la clase de activos en la que se está debatiendo actualmente esta cuestión fundamental.
Por qué los que tienen oro deberían seguir de cerca la evolución de la situación
Aunque el oro no se viera afectado directamente, las consecuencias de un impuesto específico sobre el bitcoin podrían ser de gran alcance.
Si el legislador eliminara el plazo de retención solo para el bitcoin, lo más probable es que esto diera lugar a un largo conflicto legal.
La cuestión de la igualdad de trato de los activos comparables acabaría llegando hasta los tribunales más altos.
Y no solo se hablaría de Bitcoin.
En esencia, se analizaría si el legislador puede tratar de forma diferente activos comparables y qué razones objetivas se requieren para ello.
El resultado de estos procedimientos podría tener, de forma indirecta, relevancia también para el tratamiento futuro de otros activos.
Intereses comunes en lugar de mentalidad de bandos
A menudo se presenta al bitcoin y al oro como polos opuestos.
Sin embargo, en lo que respecta a los impuestos, ambos grupos tienen un interés común.
Tanto los que tienen oro como los que tienen bitcoins se benefician hoy en día de una normativa que ofrece ventajas fiscales a la acumulación de patrimonio privado a largo plazo tras un periodo mínimo de tenencia.
Por eso, el debate actual no solo afecta a la comunidad de Bitcoin.
Afecta a todos los ciudadanos que quieran mantener y hacer crecer a largo plazo su patrimonio más allá de los depósitos bancarios tradicionales.
Conclusión
El debate sobre el plazo de tenencia del bitcoin es más que una simple discusión sobre las criptomonedas.
Plantea la cuestión fundamental de cómo se deben tratar fiscalmente en el futuro los activos que se mantienen a largo plazo.
Hoy en día, el bitcoin y el oro se tratan según los mismos principios. Quien renuncie a estos principios en el caso del bitcoin, tiene que explicar por qué deberían seguir aplicándose al oro.
Por eso, no solo los que tienen bitcoins deberían seguir de cerca lo que está pasando ahora.
También para los inversores en oro hay más en juego de lo que parece a primera vista.